Portugal prohíbe las pernoctaciones y estacionamiento de autocaravanas

Portugal prohíbe las pernoctaciones y estacionamiento de autocaravanas

Tras un verano inusual para todos nosotros, no fue menos en nuestra vecina Portugal, ya que muchas de las salidas internacionales se decantaron por escapadas a tierras portuguesas.

Sin embargo, un vacío legal (que ya llevaba tiempo originando problemas para locales, turistas y autocaravanistas, principalmente relacionados con el aparcamiento y la pernocta de nuestros vehículos vivienda) hizo que se dieran casos de traerse un recuerdo portugués en forma de multa por estacionar o pernoctar en un lugar no adecuado, aunque sea discutible la sanción.

En nuestra última visita a Portugal, hablando con gente local, ya nos transmitían que se estaba descontrolando la afluencia de autocaravanas y campers en cualquier lugar y que existía una falsa idea de que se podía pernoctar sin inconvenientes legales, llegando a ocupar durante días aparcamientos y explanadas junto a playas y lugares emblemáticos, lo que dificultaba, en ocasiones, el acceso a lugares y reducían de manera considerable las plazas de aparcamiento. En contraposición a estas posiciones contrarias a la libre posibilidad de aparcamiento, está la de usuarios que denuncian la dificultad de aparcamiento por tierras lusas, con pocos sitios donde estacionar sus vehículos, de mayor envergadura, y una escasa red de áreas para pernoctar.

Para evitar estas polémicas y, especialmente el vacío legal que generaba esta situación, el Gobierno portugués, dentro de una amplia reforma de su código de circulación, modifica, corrige y deroga casi un centenar de artículos para adecuarlos a la directiva de la Unión Europea (2020/612), que busca promocionar la seguridad vial, reducir accidentes y atender las reclamaciones de regiones y municipios, y que añade el artículo 50A, que influye de manera muy importante en nuestro sector.

Este nuevo artículo, expresamente dedicado a la pernoctación y estacionamiento de caravanas viene a decir que:

  • Quedan prohibidas las pernoctaciones y el aparcamiento de autocaravanas o similares fuera de los lugares expresamente autorizados a tal efecto.
  • Considera como «aparcamiento (aparcamento)», el estacionamiento del vehículo ocupando un espacio superior a su perímetro. Entendemos esto, el hecho de abrir ventanas, desplegar toldo… pero no lo especifica como tal.
  • Define «autocaravana o similar» como aquel vehículo que presenta un espacio habitable o se ha adaptado con un espacio habitacional, clasificado como «autocaravana», «dormitorio especial» o «caravana» por el Instituto da Mobilidade e dos Transportes. Según esto incluye a todos nuestros vehículos, sean autocaravanas, camper, caravanas, furgo…
  • Determina como «pernocta» el permanecer con ocupantes en una autocaravana o similar en un lugar de estacionamiento entre las 21:00 y las 7:00 h.

En resumen, a partir de su aplicación, a primeros de enero de 2021, se podrá aparcar una auto/caravana en aparcamientos, al igual que cualquier otro vehículo, para hacer una visita turística, o ir a la playa, pero sin desplegar ningún elemento al exterior, y no se podrá pernoctar en ningún lugar no autorizado, y ni siquiera cenar a las 22:00 en el interior de una autocaravana, atendiendo a estas nuevas normas.

La infracción de estas normas tendrán una multa de entre 60 y 300 euros, que podrán ser entre 120 y 600 si la infracción se comente en un espacio protegido o zonas de la red Natura 2000. Puedes consultar el decreto original en portugués, para más información (Artigo 50.º -A, pág. 64).

Ante esta norma, y la protesta de algunos colectivos, se están elaborando peticiones para su modificación, lo que podría ocurrir si se llega a un entendimiento entre las partes, pero, entre tanto, su aprobación la hará vigente.

Debemos recordar que en España la legislación al respecto es también antigua y aunque permite la pernocta, la delegación en disposiciones municipales de la acampada y la proliferación de ordenanzas hacen que no exista una clara y unificada postura en este aspecto, lo que podría derivar en una actualización de la norma a nivel nacional que hace posible declinarse en un sentido o en el contrario.

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9 Comments

  1. Ivan

    Sin problema, donde no se nos quiera no se va. A gastar mi dinero a otro lado. Pero me pregunto si algún despistado, intenta llevar a un área en horario obligado de pernocta y no hay sitio , ¿que hace? Toda la noche circulando .

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    1. Soy Caravanista

      Seguramente, nadie haya pensado en que se pueden dar esas circunstancias… y posiblemente, ante circunstancias así, te lo permitan, pero también si das con un agente riguroso, te comes la multa.

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  2. daniel

    Yo si me creo en derecho de hacer lo que vea conveniente dentro de mi vehículo si esta bien estacionado, mientras no altere el ambiente exterior a este. Y pongo un ejemplo, llevo muchas horas de viaje, me entra sueño y tengo una cama en mi vehículo. Me paro, estaciono adecuadamente y me echo a dormir un rato. Sinceramente esto es lo más recomendable.

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    1. Soy Caravanista

      Totalmente de acuerdo, el problema está cuando el «estacionamiento» se convierte en una «acampada» de varios días llevando al límite o saltándose las normas, que lamentablemente cada vez se ve más. Así luego pagan justos por pecadores, y cortan por lo sano prohibiéndolo todo.

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  3. Txino

    En vez de esta norma no seria mas logico prohibirlo en nucleos urbanos y fuera de estos en puntos concretos señalizar esta prohibicion? Porque no tiene mucho sentido que si alguien hace noche en un poligono industrial por poner un ejemplo se pueda encontrar con una receta

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